Sucive afirma que topear multas viola autonomía de intendencias y es inconstitucional

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Un informe jurídico del Congreso de Intendentes asegura que la iniciativa “retacea indebidamente recursos a los gobiernos departamentales”.

El Sistema único de cobro de ingresos vehiculares (Sucive) entregó un informe al Congreso de Intendentes en el que declara que topear las multas por exceso de velocidad es inconstitucional tras la propuesta que realizó el diputado cabildante Álvaro Perrone la semana pasada de fijar un máximo de 4 UR ( $8.000) para dicha sanción. 

En el texto, Sucive señala que el proyecto de Perrone “es lesivo de la autonomía departamental y supone un ejercicio indebido de la policía de tránsito”.

El artículo 26 de la ley 19.824, que actualmente regula el monto de las multas, expresa: “El Poder Ejecutivo reglamentará los valores de las sanciones de todas las infracciones de tránsito, adoptando la propuesta realizada a la unidad nacional de seguridad vial por el Congreso de Intendentes”, en referencia a la institución que realiza la declaración.

Para el organismo, al fijar un monto máximo de multas, las intendencias quedan por fuera de la decisión respecto a la sanción.

Por otra parte, el texto expresa que “otra fuente de clara inconstitucionalidad” es la “violación” que el proyecto supone para el artículo 297 (numeral 10º) de la Constitución. “Serán fuentes de recursos de los gobiernos departamentales, decretados y administrados por éstos (…) el producido de las multas”, dice la norma.  

«Naturalmente que poner un máximo por la vía legal a cualquier multa de un Gobierno Departamental, lo cual es diferente como se dijo, a  dictar una norma abstracta que regule el poder genérico de policía, supone ingresar a administrar las multas departamentales. Ello es claramente inconstitucional y eventualmente retacea indebidamente recursos a los gobiernos de departamentales», apunta el informe. 

Como conclusión, e documento elaborado por el asesor letrado del Congreso de Intendentes, Ricardo Gorosito Zuluaga, señala que “hay una clara diferencia entre la disposición propuesta y otras normas que establecen máximos al monto genérico de las multas». 

Finalmente, el documento presentado por el Sucive reafirma que la iniciativa del cabildante “supone invadir precisamente esa especialidad y esa especialización de órganos a los que compete exclusivamente la formulación y ejecución de las políticas en esta materia de control y sanción de las infracciones a los límites de velocidad”.

Fuente: Montevideo Portal

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