
Tribunal de Apelaciones revocó la medida de arresto domiciliario de Moisés Martínez y dispuso su prisión preventiva
Para la mayoría del tribunal existió "desobediencia contumaz y falta de justificación" que demuestran una actitud transgresora.
Un Tribunal de Apelaciones revocó la medida de arresto domiciliario total de Moisés Martínez y dispuso su prisión preventiva hasta el 26 de noviembre.
Según informó El Observador y confirmó Telemundo, la sentencia salió dos votos contra uno. Las ministras Graciela Eustachio y Dolores Sánchez votaron a favor de su retorno a prisión preventiva, mientras que el ministro Marcelo Malvar votó para que se mantuviera en domiciliaria.
De esta manera, el tribunal revocó la medida que había impuesto la jueza María Noel Odriozola sobre Martínez, condenado en primera instancia a 12 años de prisión por matar a su padre el año pasado.
"A pocos días de impuesta la medida cautelar (prisión domiciliaria), Moisés Martínez la incumplió tres veces, sin que haya justificado la existencia de un motivo de fuerza mayor o una causa justificada, únicos supuestos por los que eventualmente podría ser atendible su incumplimiento", indica la sentencia del Tribunal de Apelaciones.
Los incumplimientos se dieron en menos de 24 horas. El primero en la noche del pasado 27 de abril por 30 minutos y los otros dos en la madrugada del 28 de abril por seis y tres minutos respectivamente.
Para la mayoría del tribunal existió "desobediencia contumaz y falta de justificación" que demuestran una actitud "transgresora".
Rodrigo Rey, uno de los abogados de Martínez, sostuvo en su momento que los incumplimientos representaban un porcentaje mínimo respecto al tiempo total de monitoreo. "En la temporalidad total de su conexión eléctrica al dispositivo implica un cumplimiento efectivo del 99,95%", afirmó.
Este tribunal descartó ese argumento e indicó que las medidas cautelares no se valoran por estadísticas. "En consecuencia, para la mayoría del tribunal no queda más que disponer una cautelar más severa y en este caso la única que resta como posible es la prisión preventiva", subrayó la sentencia.
Fuente: Teledoce